SOLICITUD
Un cambio esencial en relación con las solicitudes en el procedimiento de migración (Ley Nº 21.325) es la transferencia de la responsabilidad del Ministerio de Relaciones Exteriores al Servicio Nacional de Migraciones. Este nuevo servicio deberá permitir la estandarización de los procedimientos en todo el país y acortar sus plazos de tramitación. Además de este servicio central, existen oficinas regionales de apoyo al mismo. Esta tarea también corresponde a los consulados.
El Servicio Nacional de Migraciones depende a su vez del Ministerio del Interior y Seguridad Pública. También es responsable de llevar el nuevo registro de extranjeros, que incluye a todos los extranjeros del país. Asimismo, las tareas y la asignación en la jerarquía de la Policía de Investigaciones (PDI) han cambiado. Un permiso de residencia expedido por el Servicio Nacional de Migración, sellado o descargado a partir del 12 de febrero de 2022 ya no tiene que ser registrado por la PDI. Por otro lado, los permisos de residencia emitidos por los consulados deben ser registrados independientemente de su fecha de emisión y sello, ya que están sujetos al Decreto Nº 1.094, vigente desde 1975, y no a la actual Ley Nº 21.325. Esto también implica cambios en el proceso de solicitud de la cédula de identidad chilena.
Para solicitar un permiso, vaya al sitio web del nuevo servicio de migración:
https://tramites/extranjeria.gob.cl
La nueva Ley de Inmigración tiene como objetivo acortar la tramitación de las solicitudes de forma justa y rápida. Esto explica que los documentos cargados con la solicitud deban cumplir con los más estrictos requisitos. Si son insuficientes, incorrectos, ilegibles, incoherentes, no están traducidos al español o al inglés, no están legalizados y/o no están apostillados, se da un plazo preciso al solicitante para que cargue nuevos documentos. Si el solicitante no cumple este plazo, la solicitud será eliminada del sistema y deberá iniciarse de nuevo todo el proceso de solicitud. Los documentos deben estar en el formato correcto, posiblemente fusionados, pero por otro lado no deben superar un determinado volumen en megabytes, ya que el sistema impide su carga. El Servicio Nacional de Migraciones dará una indicación precisa de los documentos que faltan o no cumplen los requisitos. Si vuelve a subir su solicitud, debe asegurarse de que algunos documentos no están caducados.
Una vez cargada su solicitud, se le informará cada dos meses sobre el estado de la misma. Por el momento es difícil precisar cuánto tiempo durará el proceso de solicitud en el futuro.
Cuando el extranjero haya dado satisfactorio cumplimiento a los requisitos exigidos para la subcategoría de residencia temporal de que se trate, el Servicio pondrá a su disposición el documento electrónico que lo certifique. En los casos en que, por cualquier motivo, el interesado no pueda descargar digitalmente dicho documento, podrá dirigirse al consulado correspondiente para que le asistan en la obtención del documento electrónico. Los titulares de un permiso de residencia temporal que se encuentren fuera de Chile tendrán un plazo de hasta noventa días corridos para ingresar al país en esta categoría, a partir de la fecha de descarga del permiso del sistema electrónico del Servicio de Migraciones. Si no está realizada tal acción despues de ciento veinte días hábiles desde la fecha en que se notifica.